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a) Sistema Armonizado (SA)
Es un sistema básico de clasificación
arancelaria, en el que los países pueden
realizar, para fines propios, a partir de
su núcleo central diferentes subdivisiones.
Consiste en una clasificación de alrededor
5.000 artículos a través de
capítulos y subcapítulos.
La clasificación se realiza a 6 dígitos,
siendo los dos primeros los correspondientes
a su capítulo, los dos segundos a su
partida y los dos últimos a su subpartida.
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Ejemplo
P.e. el código 43.03.90 corresponde
a artículos de peletería.
Su capítulo sería el
43 correspondiente a "peletería
y confecciones de peletería;
peletería facticia o artifical".
Partida 03 "prendas y complementos
"accesorios" de vestir y demás
artículos de peletería
(exc. guantes mixtos de cuero y de peletería,
calzado, artículos de sombrerería
y sus partes, así como juegos,
juguetes, artefactos deportivos y demás
artículos del capítulo
95)"
Subpartida 90 "artículos
de peletería (exc. prendas y
complementos "accesorios"
de vestir, así como juegos, juguetes,
artefactos deportivos y demás
artículos del capítulo
95)".
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Este sistema de codificación es la
base para que los países firmantes
clasifiquen las mercancías. Tanto sus
derechos arancelarios como sus fuentes estadísticas
seguirán los principios marcados en
este sistema.
Puede acceder a los países adscritos
al Sistema Armonizado pinchando en Países
SA
b) Nomenclatura Combinada (NC)
En base al Sistema Armonizado (SA), la Comunidad
Económica Europea (CEE) crea esta nomenclatura
para aplicar el Arancel Aduanero Común.
El Arancel Aduanero Común es el arancel
que emplea la CEE para gravar las importaciones
procedentes de terceros países.
Esta nomenclatura viene regulada por el Reglamento
(CEE) Nº 2658/87
Este sistema de clasificación europeo
incorporaba dos dígitos al SA, Subpartida
NC, creados por necesidades comunitarias.
La clasificación se realiza a 8 dígitos,
siendo los 6 primeros los del SA y los 2 últimos
los correspondientes a la NC.
c) Arancel Integrado de las Comunidades
Europeas (TARIC)
Se crea por la propia evolución del
comercio internacional de la CEE y sus convenios
bilaterales.
Es un desarrollo de la Nomenclatura Combinada.
Se elabora para incluir todas las medidas
de política comercial que no estaban
incluidas en el Arancel Aduanero Común.
Está compuesto por los 6 dígitos
del Sistema Armonizado, los 2 de la Nomenclatura
Combinada y 2 más adicionales, correspondientes
a la normativa comunitaria relativa a suspensiones,
contingentes, preferencias arancelarias y
demás medidas de política comercial.
El TARIC es una clasificación arancelaria
de 10 dígitos de desagregación.
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Una vez obtenida la Partida Arancelaria
de su producto, puede ya conocer el
arancel correspondiente al mismo.
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