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| Nomenclaturas |
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| Antecedentes |
Nomenclaturas
actuales |
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| Nomenclatura
de Ginebra de 1937 |
| Puesta en marcha en
1.937 en el seno del Comité Técnico
de Aduanas de la Sociedad de Naciones.
Se podría decir que fue la primera
clasificación reconocida internacionalmente.
Muchos países introdujeron en
sus aranceles esta nomenclatura.
Sin embargo, fue perdiendo uniformidad
al ir introduciendo los países
ajustes particulares.
En 1945 se comenzó a plantear
la conveniencia de elaborar otra nomenclatura,
emprendiendo su análisis a través
de dos vías distintas: en el
marco de la Organización de Naciones
Unidas y del Consejo de cooperación
Aduanera, dando lugar a los clasificaciones.
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| Nº Digitos: -- |
| Alcance: -- |
| Clasificación
Uniforme para el Comercio Internacional
(CUCI) |
| Puesta en marcha en
1.960 en el seno de la Organización
de las Naciones Unidas.
Se confeccionó sobre la Nomenclatura
de Ginebra.
Se diseñó para el suministro
de información en la elaboración
de estadísticas de comercio exterior
internacional, más que como base
para los aranceles de los países.
Por la propia evolución del
comercio internacional, se ha revisado
varias veces, dando lugar a la actual
Nomenclatura CUCI revisada.
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| Nº Digitos: -- |
| Alcance: -- |
| Nomenclatura
de Bruselas |
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Nace en el seno del Consejo de Cooperación
Aduanera (NCCA).
Se diseñó como base para
la determinación de los aranceles
de los países.
Integra a las mercancías bajo
agrupaciones de partidas.
Su principal característica
es que va clasificando las mercancías
desde su estado bruto hacía su
elaboración, en función
de su materia prima y función.
Sirvió de base para la elaboración
de la mayoría de aranceles de
aduanas: 112 países llegaron
a utilizarla y numerosas organizaciones
económicas regionales la utilizaron
(CEE, EFTA, ALADI, GATT, ...)
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| Nº Digitos: -- |
| Alcance: -- |
| Nomenclatura
CUCI Revisada |
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La Clasificación
Uniforme para el Comercio Internacional
se fue revisando a lo largo del tiempo
con objeto de adaptarla a la Nomenclatura
de Bruselas.
Estas adaptaciones dieron lugar a la
Nomenclatura CUCI revisada.
Se utiliza internacionalmente para
la elaboración de las estadísticas
de comercio exterior.
Los países que forman parte
de la ONU se han comprometido a aportar
sus datos para fines estadísticos
en base a esta nomenclatura, con independencia
de que usen otra para fines arancelarios.
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| Nº Digitos: -- |
| Alcance: Internacional
(ONU) |
| Sistema
Armonizado (SA) |
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Se comenzó a elaborar en 1.983
y entra en vigor en 1.988 en el seno
de la Organización Mundial de
Aduanas (WCO) con sede en Bruselas (Bélgica).
Es un sistema básico de clasificación
arancelaria, en el que los países
pueden realizar, para fines propios,
a partir de su núcleo central
diferentes subdivisiones.
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Nº Digitos:
Clasificación a 6 dígitos
- Los 2 primeros su capítulo
- Los 2 segundos su partida
- Los 2 últimos su subpartida
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| Alcance: Internacional.
Ver Países |
| Nomenclatura
Combinada (NC) |
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En base al Sistema Armonizado
(SA), la Comunidad Económica
Europea (CEE) crea esta nomenclatura
para aplicar el Arancel Aduanero Común.
Esta nomenclatura viene regulada por
el Reglamento (CEE) Nº 2658/87
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Nº Digitos:
Clasificación a 8 dígitos
- Los 6 primeros corresponden al Sistema
Armonizado (SA)
- Los 2 últimos los correspondientes
a Subpartida NC, creadas por necesidades
comunitarias
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| Alcance: Unión
Europea, aunque de uso poco frecuente,
ya que se emplea el TARIC de mayor detalle |
| Arancel
Integrado de las Comunidades Europeas
(TARIC) |
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Se crea por la propia evolución
del comercio internacional de la CEE
y sus convenios bilaterales.
Es un desarrollo de la Nomenclatura
Combinada.
Se elabora para incluir todas las medidas
de política comercial que no
estaban incluidas en el Arancel Aduanero
Común.
El Arancel Aduanero Común es
el arancel que emplea la CEE para gravar
las importaciones procedentes de terceros
países.
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Nº de Dígitos: Clasificación
a 10 dígitos:
- Los 6 primeros corresponden al Sistema
Armonizado (SA)
- Los 2 siguientes correspondientes
a Subpartida de la Nomenclatura
Combinada (NC)
- Los 2 últimos correspondientes
a la normativa comunitaria relativa
a suspensiones, contingentes, preferencias
arancelarias y demás medidas
de política comercial.
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| Alcance: Unión
Europea. |
| Harmonized
Tariff Schedule of the United States (HTSUS) |
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Entra en vigor el 1 de enero de 1.989
y a partir de ese momento todas las
mercancías importadas en EEUU
se clasifican bajo la HTSUS.
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Nº de Dígitos: Clasificación
a 10 dígitos:
- Los 6 primeros corresponden al Sistema
Armonizado (SA)
- Los 2 siguientes correspondientes
a la clasificación americana
- Los 2 últimos de tienen uso
estadístico.
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| Alcance: Estados Unidos. |
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