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La notificación no debe hacerse antes
de 5 días de la llegada a puerto y
debe hacerse, a más tardar,
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Si el transporte es por
carretera, dos horas antes de la llegada
al puerto de entrada. |
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Si llega por ferrocarril
o por vía aérea, cuatro horas
antes de la llegada. |
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Si llega por barco, ocho
horas antes de la llegada. |
La notificación no puede hacerse con más
antelación de cinco días para la
llegada de la mercancía, excepto en el
caso de utilizarse el servicio de correo internacional,
en que se ha de hacer el preaviso antes del envío.
Se entiende aquí por puerto de entrada,
el primer puerto marítimo, aeropuerto,
o estación fronteriza que toca la mercancía.
Nótese que el concepto de puerto de entrada
no guarda relación alguna con el mismo
a efectos aduaneros.
La FDA confirmará la recepción
de cada notificación con un número
de confirmación. La notificación
previa de un envío se considerará
enviada en la fecha y hora de la confirmación
de la recepción por la FDA.
Este número de confirmación deberá
incluirse en la documentación aduanera
que acompaña a los envíos por correo,
y una copia de la confirmación, incluido
el número, debe acompañar a la mercancía
a su llegada a los EE.UU. La falta de recepción
de este justificante debe interpretarse como que
el envío no se ha aceptado.
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