FASE 12. CIERRE DEL CONTRATO. FIRMA DEL MISMO

Una vez que ambos lados hayan convenido todos los términos de la negociacón, está listo para proceder con la elaboración de un contrato formal. El contrato requerirá información adicional que no era parte de la cotización inicial pero que es necesario para proporcionar un marco jurídico apropiado que proteja ambas partes.

Los contratos de comercio internacional se diferencian extensamente, por lo que no es posible diseñar un contrato estándar para cubrir todos los casos. Es recomendable conseguir asesoramiento jurídico para cerciorarse de que el acuerdo definitivo ha sido comprendido y que es legalmente obligatorio. Es también importante especificar qué mecanismo será utilizado para resolver cualquier conflicto entre las partes.

La forma en la que ese contrato se ha cerrado también depende en gran mediada del volumen económico de la operación, del tipo de sector, del plazo de entrega y de otras condiciones que lo pueden hacer más o menos dificultoso.

 

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