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La notificación no debe hacerse antes de 5 días
de la llegada a puerto y debe hacerse, a más tardar,
- Si el transporte es por carretera, dos horas antes de la
llegada al puerto de entrada.
- Si llega por ferrocarril o por vía aérea,
cuatro horas antes de la llegada.
- Si llega por barco, ocho horas antes de la llegada.
La notificación no puede hacerse con más antelación
de cinco días para la llegada de la mercancía,
excepto en el caso de utilizarse el servicio de correo internacional,
en que se ha de hacer el preaviso antes del envío.
Se entiende aquí por puerto de entrada, el primer puerto
marítimo, aeropuerto, o estación fronteriza que
toca la mercancía. Nótese que el concepto de puerto
de entrada no guarda relación alguna con el mismo a efectos
aduaneros.
La FDA confirmará la recepción de cada notificación
con un número de confirmación. La notificación
previa de un envío se considerará enviada en la
fecha y hora de la confirmación de la recepción
por la FDA.
Este número de confirmación deberá incluirse
en la documentación aduanera que acompaña a los
envíos por correo, y una copia de la confirmación,
incluido el número, debe acompañar a la mercancía
a su llegada a los EE.UU. La falta de recepción de este
justificante debe interpretarse como que el envío no
se ha aceptado.
19 de Noviembre de 2003
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