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CUÁNDO SE DEBE ENVIAR LA NOTIFICACIÓN

La notificación no debe hacerse antes de 5 días de la llegada a puerto y debe hacerse, a más tardar,

  • Si el transporte es por carretera, dos horas antes de la llegada al puerto de entrada.
  • Si llega por ferrocarril o por vía aérea, cuatro horas antes de la llegada.
  • Si llega por barco, ocho horas antes de la llegada.

La notificación no puede hacerse con más antelación de cinco días para la llegada de la mercancía, excepto en el caso de utilizarse el servicio de correo internacional, en que se ha de hacer el preaviso antes del envío.

Se entiende aquí por puerto de entrada, el primer puerto marítimo, aeropuerto, o estación fronteriza que toca la mercancía. Nótese que el concepto de puerto de entrada no guarda relación alguna con el mismo a efectos aduaneros.

La FDA confirmará la recepción de cada notificación con un número de confirmación. La notificación previa de un envío se considerará enviada en la fecha y hora de la confirmación de la recepción por la FDA.

Este número de confirmación deberá incluirse en la documentación aduanera que acompaña a los envíos por correo, y una copia de la confirmación, incluido el número, debe acompañar a la mercancía a su llegada a los EE.UU. La falta de recepción de este justificante debe interpretarse como que el envío no se ha aceptado.

 

19 de Noviembre de 2003

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